APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL - AVIACION CIVIL INTERNACIONAL




Promulgación: 18/11/1986
Publicación: 28/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1986
  •    Página: 630
 Visto: la  Enmienda 1  de los  Procedimientos para  los  Servicios  de
Navegación Aérea  - Reglamento  del Aire y Servicios de Tránsito Aéreo
(PANS-RAC, Doc.  4444-RAC/501/12) Duodécima  Edición al Convenio sobre
Aviación Civil Internacional.

 Resultando: I)  Que por  decreto 148/981  de 24  de marzo  de 1981  se
declaró incorporado  al derecho interno el texto de los Procedimientos
para los Servicios de Navegación Aérea Reglamento del Aire y Servicios
de Tránsito  Aéreo incluida  la Enmienda  1 y  por  decretos  107/982,
220/983, 489/983  de 23  de marzo  de 1982, 6 de junio de 1983 y 20 de
diciembre  de   1983  las  Enmiendas  2,  3,  4  y  5  respectivamente
encontrándose actualmente en trámite la Enmienda 6;

 II) Que  el Consejo de la Organización de Aviación Civil Internacional
en la  Décimocuarta sesión  de su  117 Período  de sesiones  adoptó la
referida Enmienda.

 Considerando: que  la Enmienda a los Procedimientos para los Servicios
de Navegación  Aérea -  Reglamento del  Aire y  Servicios de  Tránsito
Aéreo  en   vista,  no   contiene  disposiciones   que  contraríen  la
legislación y  el orden  público interno,  en  cuyo  mérito  procederá
declarar la  vigencia de conformidad con los artículos 37, 54 y 90 del
referido Convenio  sobre Aviación  Civil Internacional, ratificado por
ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953.

 Atento: a  lo establecido por el artículo 72 de las Normas de Política
Aeronáutica aprobadas  por decreto  325/974 de  26 de abril de 1974, a
los preceptos  del Convenio  de Aviación  Civil Internacional  y a  lo
informado  por   la   Dirección   Nacional   de   Aviación   Civil   e
Infraestructura Aeronáutica y el Comando General de la Fuerza Aérea,

                     El Presidente de la República

                             DECRETA:

Artículo 1

  Declárase vigente a partir del 20 de noviembre de 1986 la Enmienda 1 de
los Procedimientos para los Servicios de Navegación Aérea - Reglamento del
Aire y Servicios de Tránsito Aéreo (PANS-RAC, Doc. 4444 RAC/501/12),
Duodécima Edición al Convenio sobre Aviación Civil Internacional. (*)

(*)Notas:
El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el 
Diario Oficial correspondiente.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - JUAN VICENTE CHIARINO - ENRIQUE V. IGLESIAS
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