REGLAMENTACION DE LA LEY 14.670 RELATIVO A LA REGULACION DE LOS SERVICIOS RADIODIFUSION




Promulgación: 20/12/1978
Publicación: 15/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1475
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.670 Derogada/o de 23/06/1977.
Referencias a toda la norma

CAPITULO  VII - DEL CONTROL DE DINARP (DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES PUBLICAS)

Artículo 1-30

ARTICULO 30º. La trasmisión de programas en idioma extranjero deberá
obtener la autorización de DINARP -y estar a sus directivas-
especificándose si se trata de una emisión de enseñanza de la lengua el
espacio de una colectividad dada, una expresión cultural, informativa,
miscelánea o de comentarios. Se tendrá a la orden la traducción
correspondiente.

 Estos programas estarán sometidos a las mismas responsabilidades de los
nacionales.

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