PRORROGA DEL PLAZO ESTABLECIDO EN EL DECRETO 605/978 PARA EL REMATE DE UNIDADES AUTOMOTORAS DEPOSITADAS EN DEPENDENCIAS EL MINISTERIO DEL INTERIOR




Promulgación: 26/12/1978
Publicación: 12/01/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1501
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Amplíase el ámbito de aplicación del decreto 605/978 a todo tipo de medios
de transporte (aviones, jardineras, carros, etc.) incluyendo unidades
automotoras, debiendo ser rematados todos los que se encuentran en
dependencias del Ministerio del Interior por presunta infracción aduanera
o presuntas infracciones de cualquier otra naturaleza. 
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