FIJACION DE PRECIOS MINIMOS PARA LAS UVAS. COSECHA 2001




Promulgación: 06/03/2001
Publicación: 14/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 536

Artículo 8

 El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) expenderá 
certificados-guía de circulación de uva, únicamente a los viticultores 
que se hallen inscriptos en el Registro de Empresas a que se hace 
referencia en el decreto Nº 336/983, de 21 de setiembre de 1983, así como 
las personas autorizadas a representarlos.
Dichos documentos, serán intransferibles pudiendo ser utilizados 
unicamente para circular la uva del viticultor al que se le expidió y que 
provenga del viñedo para el cual fue entregado.
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