El Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) expenderá
certificados-guía de circulación de uva, únicamente a los viticultores
que se hallen inscriptos en el Registro de Empresas a que se hace
referencia en el decreto Nº 336/983, de 21 de setiembre de 1983, así como
las personas autorizadas a representarlos.
Dichos documentos, serán intransferibles pudiendo ser utilizados
unicamente para circular la uva del viticultor al que se le expidió y que
provenga del viñedo para el cual fue entregado.