APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BSE. EJERCICIO 1990




Promulgación: 30/12/1991
Publicación: 09/04/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de
Inversiones del Banco de Seguros del Estado correspondiente al ejercicio
1990 aprobado por decreto de fecha 15 de julio de 1991.

Resultando: que el Tribunal de Cuentas efectuó observaciones al mismo en
cuanto a la no inclusión en el rubro 0 "Retribuciones de Servicios
Personales" de aquellos aportes de los que se hace cargo el Banco y de la
imposibilidad de vincular el derecho disciplinario del jerarca con la
remuneración como se establecía en el artículo 15 del citado decreto.

Considerando: I) Que el Directorio del Banco de Seguros del Estado aceptó
dichas observaciones por lo que eleva nuevo proyecto de Presupuesto 1990
el que recoge las mismas;

II) Que es necesario realizar una modificación presupuestal;

III) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.

Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República.

El Presidente de la República,

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébanse las partidas presupuestales correspondientes al Presupuesto
Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco de
Seguros del Estado correspondientes al ejercicio 1990, de acuerdo con el
siguiente detalle.
Forman parte integrante de este decreto las condiciones generales, estados
y planillados que acompañan este presupuesto, salvo disposición expresa en
contrario.

                                      N$                       N$

I) RECURSOS                                                352.599:486.000

- Premios                           209.929:506.000
- Comisiones y reaseguros
pasivos                               8.047:768.000
- Siniestros Recuperac.
reaseguros                            5.582:237.000
- Otros ingresos ajenos
al giro                              82.648:321.000
- Impuestos Recup.
reaseguros                              731:986.000
IVA a facturar                       45.659:668.000
                                      -----------

II) PRESUPUESTO OPERATIVO                                  236.266:336.124

Rubro      Denominación                 N$                     N$

0          Retribución
           Servs. personales         14.394:904.127
011311     Sueldos básicos
           cargos Presupuest.         7.509:300.127
   -       Directorio                    57:441.700
018        Sueldos progresivos
           categorías                    70:891.260
019311     Sueldo anual complementario
           c/Presup.                  1.270:728.474
021321     Sueldos básicos
           Pers. Contrat.             1.259:473.230
029311     Sueldo anual complementario
           c/Contrat.                   128:301.412
050        Honorarios                   757:987.000
051        Honorarios Liquidac.
           pólizas Accid.               127:000.000
052        Honorarios médicos            94:038.000
061311     Trabajo en horas
           extras                       609:773.584
062301     Gastos de representación
           Directorio                     6:868.594
063        Compensac. estudios
           especializados                 8:680.050
064        Prima por Antigüedad         789:635.000
065        Comisiones de cobranza       829:209.600
066        Compensac. por
           subrogación                   18:841.663
068        Funciones distintas
           al cargo                     159:621.373
069        Trabajo nocturno              53:494.352
077        Quebranto de caja            167:938.000
078        Compensac. Secretaría
           Directorio                    12:797.600
079      - Compensac. Profesionales
           Universitarios                59:033.000
08011      Adelanto a cuenta
           presupuestados                 2:966.400
08021      Adelanto a cuenta
           contratados                      432.000
084        Aport. personales a
           cargo del Banco              190:628.961
           -Retroact. leyes 15.787
           y 15.851                      46:420.147
           -Licencias no gozadas        140:000.000
           -Subsidio exdirectores        23:402.600
1          Cargas legales s/servicios
           personales                                        5.452:116.772
111        Aporte patronal
           jubilatorio                4.381:788.412
123        Aporte patronal al
           F.N.V.                       158:527.426
125        Aporte Patr. seguro
           Accid. de trabajo             36:389.325
126        Aporte patronal al
           seguro de retiro             660:922.979
131        Impuesto
           s/retribuciones              214:488.630
2          MATERIALES Y
           SUMINISTROS                                       2.764:623.563
3          SERVICIOS NO
           PERSONALES                                        3.852:289.391
7          SUBSIDIOS Y OTRAS
           TRANSFERENCIAS                                    8.445:958.321
742        Contrib. guardería
           funcionarios                  38:305.202
744        Donaciones                     6:380.464
745        Transf. deportivas,
           culturales, etc.                   1.286
749        Otras prestaciones               255.224
751        Prima por matrimonio           4:785.920
752        Hogar constituido            410:739.840
753        Prima por nacimiento           9:571.840
754        Prestación por hijo          127:676.913
758        Prestación por
           alimentación Contrat.        382:909.050
759        Prestación por
           alimentación Presup.       2.188:556.000
774        Compensación por
           Asistencia médica          2.341:920.000
775        Asistencia médica
           a pasivos                    602:700.000
781        Afil a organismos
           de Seg. social                   577.500
791        Tributos nacionales        2.071:536.971
791        Tributos municipales         260:042.111
                                         ---------
8          SERVICIO DE DEUDA
           Y ANTICIPOS                                     201.033:334.806
9          ASIGNACIONES GLOBALES                               323:109.144
                                                               --------
III)      PRESUPUESTO DE INVERSIONES                         2.619:791.000
Rubro     Denominación               N$                          N$

4         Maquinaria, equipo
          y Mob. nuevos                                      1.875:711.000
6         Construc. mejoras y
          Rep. Extraord.                                       744:080.000

La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan y que forman
parte integrante de este decreto.

Las inversiones se regularán por las normas dispuestas en el decreto
84/984 de 1º de marzo de 1984 y modificativas, excepto lo concerniente a
trasposiciones de asignaciones entre proyectos de un mismo programa, entre
rubros de un mismo proyecto, así como modificaciones entre componente
nacional e importado que sólo requerirá la autorización del jerarca del
organismo, dando cuenta dentro de los 10 días subsiguientes a la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto, quien en igual plazo deberá comunicar al
Tribunal de Cuentas.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, están expresados a precios de
enero/diciembre de 1990.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera están
estimadas a la cotización de N$ 1.155.00 (nuevos pesos mil ciento
cincuenta y cinco) por dólar de los Estados Unidos de América. Las
partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros
presupuestales están expresadas a precios promedio de enero/diciembre de
1990. 

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 741/991 de 
30/12/1991.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA
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