Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 2
Las asignaciones de los rubros de gastos con excepción de lo dispuesto en el artículo primero correspondiente al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 226 (nuevos pesos doscientos veintiséis) por dólar de los Estados Unidos de América y se ajustarán al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución.
Las partidas en moneda nacional están expresadas a precios corrientes de 1987.