El Banco República Oriental del Uruguay podrá proponer al Poder
Ejecutivo, adecuaciones en los rubros de gastos de funcionamiento e
inversión, pudiéndoles ajustar en función, de la variación del Indice
general de Precios al Consumo (IPC), confeccionado por la Dirección General de Estadística y Censos y a la evaluación del tipo de cambio con respecto al dólar.