El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 2
Desígnase para ser expropiado por la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (U.T.E.) la fracción del inmueble empadronado con el N° 89.313 (p) ubicado en la Localidad Catastral del departamento de Montevideo, y que según plano de mensura N° 1675 del Departamento de Bienes Raíces levantado por el Ing. Agrim. Martin Wainstein, consta de una superficie de 7570 m² 69 dm² y se deslinda de la siguiente forma: al Sureste tramo recto de 70 metros 36 centímetros de longitud con frente al Bulevar Aparicio Saravia, al Suroeste tramo recto de 72 metros 78 centímetros de longitud con frente a la Avda. Don Pedro de Mendoza, al Noroeste tramo recto de 85 metros 8 centímetros de longitud lindando con el Padrón 410391 y al Noreste línea quebrada de 59 metros 36 centímetros y 56 metros 95 centímetros de longitud lindando con el resto del padrón 89313.