Dispónese que los artículos incluidos en la Sección Materias Primas de la Tarifa de Aduanas, a los que no se les haya fijado aforo, se despacharán con el aforo por el que se despachen en el Arancel General de Importación.
Modificada y/o Anotada (referencias acotadas): Decreto Nº 248/975 de 03/04/1975 artículo 10.