Visto: los errores constatados en el texto de los decretos
reglamentarios de los impuestos aprobados con motivo de la entrada en
vigencia de la ley de Reforma Tributaria (14.948, de 7 de noviembre de
1979).
Considerando: que deben subsanarse los errores padecidos.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Suprímanse las siguientes disposiciones del decreto 660/979, de 19 de noviembre de 1979, artículo 39 del Título 2; artículo 19 del Título 6 y artículo 48 del Título 17.