Visto: El Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y el Plan
de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay
correspondiente al Ejercicio 1988.
Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido
su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la
República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y el
Plan de Inversiones del Banco de la República Oriental del Uruguay a regir
a partir del 1º de enero de 1988 de acuerdo con los montos que se detallan
a continuación:
I - INGRESOS
Concepto N$
Ingresos por colocaciones 117.676:000.000.00
Comisiones 9.841:000.000.00
TOTAL 127.517:000.000.00
II - PRESUPUESTO OPERATIVO Y DE OPERACIONES FINANCIERAS
- Recursos Humanos 15.572:300.459
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución de serv.Per. 9.486:683.773
011311 Sueldos bás.car. presup. 6.340:120.812
011315 Dif. por Subrogación 108:942.295
011317 Comp. automático anua 167:590.600
019311 Sueldo anual comp 1.745:216.428
021321 Sdos. bás. carg. event. 85:756.179
021327 Compl. automático anua 1496.915
029321 Sdo. anual complementario 8:370.826
036331 Reemplazante porteros de Suc.18:015.648
036332 Depto. Adm. de Edificios 6:358.464
036333 Médicos suplentes 7:585.256
036334 Dpto. de Ferias Ganaderas 1:589.616
039311 Sdo. anual complementario 3:451.875
050001 Hon. Abog. y Proc. de Suc. 8:578.500
061311 Horas Extras 360:900.237
061312 Comp. p/ dest. Sucursales 179:526.000
061315 Comp. p/ horario nocturno 44:535.050
061319 Prima por ant. presup. 561:517.702
061329 Prima por ant. event. 2:386.303
062311 Gtos. de repres. presup. 180.000
062312 Gtos. de repres. Directores 1:922.530
077 Quebranto de Caja 274:448.160
078311 Complem. por especial. 59:417.524
079311 Previsiones 81:548.950
079712 Otros 18:227.903
1 Cargas leg. s/serv. per. 2.872:013.472
111 aporte Pat. jubilatorio 2.654:359.523
123 Aporte Pat. F.N.V. 100:985.946
131 Imp. Ley 15.294 116:668.003
7 Subsidios y otras Transf. 3.213:603.214
751 Prima por Matrimonio 6:188.784
752 Hogar Constituido 277:226.572
753 Prima por Nacimiento 6:188.784
754 Prest. por hijo 108:289.026
759 Alimentación 1.315:828.500
774001 Reint. cuota mutualista 1.145:684.576
774002 Contrib. p/ Asist. Médica 354:196.972
Otros Gastos Operativos 74.634:707.950
2 Mat. y Suministros 1.944:995.200
Rubro Denominación N$ N$
3 Serv. no Personales 3.346:973.750
7 Sub. y otras Transferencias 4.797:400.000
749 Otros 45:400.000
791 Imp. a los Act. Bancarios 2.667:000.000
792 Contrib. Inmobiliaria 85:000.000
793 Imp. venta. M/E 2.000:000.000
8 Serv. de Deuda 64.386:580.000
9 Asig. Globales 158:759.000
III - PRESUPUESTO DE INVERSIONES
Rubro Denominación N$ N$
4 Máq., Equipos y mob. nuevos 2.973:956.000
5 Tierras, Edif. y otros Act. Preexist. 720:800.000
6 Const., mejoras y rep. extraord. 4.073:819.000
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TOTAL 7.768:575.000
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en
moneda extranjera se detallan en los cuadros adjuntos que forman parte
integrante de este Decreto.
Los Rubros 0 "Retribución de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" en lo
relativo a beneficios sociales, incluyen el aumento salarial otorgado por el Directorio vigente a partir del 1° de marzo de 1988.
Las asignaciones correspondientes al componente en moneda extranjera
están estimadas a la cotización de N$ 340,00 (nuevos pesos trescientos
cuarenta) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo
de cambio vendedor al momento de la ejecución.
Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes
rubros presupuestales están expresadas a precios correspondientes 1988.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 773/988 de
16/11/1988.