CONSTITUCION DEL SISTEMA NACIONAL DE GARANTIAS




Promulgación: 22/12/2008
Publicación: 12/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3216

Artículo 2

 Las garantías del Sistema Nacional de Garantías serán otorgadas en forma
directa por los fondos referidos en el artículo 1º y podrán contar con una
contra garantía del propio Sistema, para lo cual se destinará un
porcentaje de los recursos administrados por los fondos que cuenten con
dicha contra garantía.
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