El Directorio del Organismo podrá proponer al poder Ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1
"Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras
Transferencias" con el fin de ajustar las retribuciones de su personal, en
períodos no menores de 3 meses ni mayores de 4. Para ello se tendrá en
cuenta la variación del índice general de precios al consumo confeccionado
por la Dirección General de Estadística y Censos y sus disponibilidades
financieras. Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo
previo asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los
antecedentes se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.