REGLAMENTACION DE LA LEY 18.611 RELATIVO A LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA UTILIZACION DE ANIMALES EN ACTIVIDADES DE EXPERIMENTACION, DOCENCIA E INVESTIGACION CIENTIFICA
La CNEA dispondrá de un plazo de hasta ciento veinte días para resolver
las solicitudes de ingreso en el Registro Nacional de Instituciones para
Cria, Uso y/o Transporte de animales en Experimentación, Docencia e
Investigación Científica a partir de la solicitud correspondiente.
Registrará su habilitación adjudicándoles una identificación. Se regirá
por el decreto 500/991, su modificativo y las normas que regulen la
materia.