REGULACION LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO QUE GRAVA LAS BEBIDAS NACIONALES Y EXTRANJERAS




Promulgación: 30/12/1987
Publicación: 27/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Fíjanse para los cigarrillos importados incluidos en el régimen del 
decreto 62/987 de 30 de enero de 1987, el precio ficto, tasa e impuesto 
que se detallan a continuación a efectos de la liquidación del Impuesto    
Específico Interno correspondiente al semestre enero-junio de 1988:

                                   Ficto        Tasa       Impuesto
                                     N$          %           N$

                                    280          40          112
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