REGULACION LIQUIDACION DEL IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO QUE GRAVA LAS BEBIDAS NACIONALES Y EXTRANJERAS




Promulgación: 30/12/1987
Publicación: 27/04/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Fíjase para los cigarrillos comprendidos en el decreto 276/985, de 3 
de julio de 1985 el precio ficto, tasa e impuesto que se detallan, a 
efectos de la liquidación del Impuesto Específico Interno correspondiente 
al semestre enero-junio de 1988.

Cigarrillos decreto 276/985           100        60         60
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