El mosto y jugo de uva deben ser frescos, sin agregado de conservadores
de ninguna especie, ni de anhídrido sulfuroso. Está expresamente
prohibida la utilización de mosto concentrado, conservado o chaptalizado.
Los mostos o jugos de uva pueden haber sufrido una fermentación incipiente
que no sea superior a 2oG.L. de alcohol por litro, pero en ningún caso
deberá presentar, al momento de la elaboración, un tenor de azúcar no
fermentada inferior a 170 gramos por litro.