Reglamentario/a de: Ley Nº 17.820 de 07/09/2004 artículo 2.
Artículo 10
Juicio Ejecutivo. La URSEC tendrá acción ejecutiva para el cobro de la
tasa que resulte a su favor según su resolución firme, de conformidad a
lo dispuesto en el artículo 91 del Código Tributario.