Visto: el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y el Plan de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay correspondiente al Ejercicio 1989.
Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la constitución de la República y a lo informado por la Asesoría Técnico Financiera del Ministerio de Economía y Finanzas.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébanse el Presupuesto Operativo, de Operaciones Financieras y de Inversiones del Banco Hipotecario del Uruguay, a regir desde el 1° de enero de 1989 de acuerdo con los montos que se detallan a continuación:
N$ N$
I) INGRESOS 298.269:025.000
1.1 Intereses y Comisiones 16.837:025.000
- Intereses 15.875:000.000
- Comisiones 882:650.000
- Gastos operativos 79:375.000
______________
1.2 Reajustes 257.194:050.000
- Préstamos
unifamiliares 97.999:550.000
- Promotores privados 10.115:550.000
- Sociedades Civiles 18.093:950.000
- Cooperativas 25.448:000.000
Sistema Pbco. y
Const. Inmob. Vta. 105.537:000.000
_______________
1.3 Otros ingresos 24.237:950.000
______________
- Intereses por mora 24.237:950.000
______________
II) PRESUPUESTO OPERATIVO 37.432:843.942
______________
- Recursos Humanos 4.403:052.442
______________
Rubro Denominación N$ N$
0 Retribución Serv.
Personales 2.697:255.315
011311 Sueldos básicos
cargos Perm. 1.937:646.528
Sueldos Directorio 16:393.356
011315 Diferencia por
subrogación 2:384.652
01131 Prima por antigüedad
Presupuest. 19:122.580
019 Sueldo anual Compl.
Presup. y Cont. 200:112.139
021321 Sueldo básico personal
Contratado 38:911.188
021326 Prima por antigüedad
Contratados 990.000
050 Honorarios 52:325.000
061301 Horas extras 109:572.420
061302 Cambio de residencia 3:723.480
061303 Prima por eficiencia 29:772.780
061305 Trabajo Nocturno 4:068.000
061308 Redist. funcionarios
permanentes 718.968
062301 Gastos de representación 1:960.116
073 Suplencias 406.800
077 Quebrantos de caja 42:472.500
079.1 Tareas Especializadas 57:025.200
081 Incremento a cuenta
setiembre/84 2:649.600
091 Retrib. ejercicios
anteriores 1:000.008
1 Cargas Leg. sobre
Serv. personales 876:761.167
111 Ap. patronal al sistema
de Seg. Soc. 801:419.669
123 aporte F.N.V. 30.632.811
131 Imp. sobre retribuciones 35:518.844
191 Ap. patronal al Sistema
Seg. Soc. Acc. Trab. 9:189.843
7 Subsidios y otras
transferencias 829:035.960
750 Prestación por alimentac. 358:394.400
751 Prima por matrimonio 609.600
752 Hogar constituido 71:208.000
753 Prima por nacimiento 609.600
754 Prestación por hijo 34:128.000
758 Prestaciones por salud 355:340.160
759 Otros 8:746.200
___________
Otros gastos operativos 33.029:791.500
______________
2 Materiales y suministros 660:700.000
3 Servicios no personales 1.427:800.000
5 Tierras, Edif. y otros
activos Preexist. 29.001:885.000
7 Subsidios y otras
transferencias 1.852:810.000
745 Transf. deportivas y
culturales, etc. 4:060.000
749 Otras prestaciones 21:750.000
791 Tributos nacionales 1.740:000.000
792 Tributos municipales 87:000.000
_____________
9 Asignaciones globales 86:596.500
_____________
III) PROGRAMA DE PAGOS 162.368:000.000
_______________
8 Servicios de deudas y
Anticipos 162.368:000.000
_______________
IV) PRESUPUESTO DE INVERSIONES 405:190.500
_______________
4 Máq. equipos y Mob.
nuevos 213:190.500
5 Tierras, edificios y otros
activos preexistentes 89:000.000
6 Construcc., mejoras y
Rep. extraordinarias 103:000.000
La apertura por proyecto fuente de financiamiento, y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan que forman
parte integrante de este decreto.
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales" 1 "Cargas Legales
sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" contienen el incremento salarial otorgado en noviembre de 1987.
Las normas presupuestales, planillas y estado que se acompañan se consideran parte integrante de este decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 790/988 de
23/11/1988.