Facúltase al Organismo a ampliar el crédito presupuestal de los rubros
0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras transferencias" para financiar la incorporación de aquellos funcionarios destituidos y que
sean reintegrados a sus funciones al amparo de las leyes 15.737 de 8 de marzo de 1985 y N° 15.783 de 28 de noviembre de 1985 y demás
disposiciones legales y reglamentarias aplicables, dando conocimiento al Tribunal de Cuentas y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto.