El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder Ejecutivo adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras Transferencias" con el fin de ajustar las
retribuciones de su personal en períodos no menores de tres meses ni mayores de cuatro.
Para ello se tendrá en cuenta la variación el Indice General de los Precios del consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística y Censos y sus disponibilidades financieras. Aprobada la adecuación de rubros por el Poder ejecutivo previo asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.