APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 1989




Promulgación: 23/11/1988
Publicación: 07/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: la iniciativa presupuestal del Instituto Nacional de Colonización para el año 1989.

   Considerando: que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas su dictamen.

   Atento: a lo establecido por el artículo 221 de la Constitución de la República,

   El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el presupuesto operativo, de operaciones financieras y de inversiones del Instituto Nacional de Colonización, a regir desde el 1º 
de enero de 1989 de acuerdo con el siguiente detalle:

I - Recursos                            N$            N$ 3.990:852.000

1. Ingresos corrientes             677:188.000
Rentas de activos realizable       458:307.000
Renta de activos financieros       213:887.000
Transferencias del sector privado    4:994.000
2. Ingresos de capital           3.313:664.000
Venta de fracciones                  5:984.000
Cuotas de amortización             136:562.000
Recuperación de préstamos           52:653.000
Venta de vehículos y otros          11:700.000
Contribución del Gobierno Central   36:660.000
Convenio Italtekna-no 
reintegrable                     1.891:092.000
Convenio Italtekna-préstamo        810:468.000 
Art 35 proyecto ley rendición 
de cuentas                    1987 281:000.000
cuota parte amortización
deudas refinanciadas                87:545.000

Presupuesto Operativo                                   745:804.566                                                          
0 Retribución Servicios Personales                      375:748.550
011311.1 Sueldos básicos escalafón civil   17:503.524
011311.2 Gerente, Secretario Directorio     2:101.236
011312 Incr. mayor horario permanente         693.396
011315 Diferencia por subrogación              18.264
011316 Aumento abril/85 cargos permanentes    130.464
019311 Sueldo anual comple. presupuestado   1:954.011
021321 Sueldo básico personal contratado  151:150.685
021322 Incr. por mayor horario contratados 49:879.758
021325 Diferencia por subrogación              76.272
021326 Aumento abril/85 cargos 
       contratados                        22:254.360

Presupuesto Operativo                         N$               N$

021327.1 3,5% racionalización 
         administrativa                   40:372.480
021327.2 Aguinaldo racionalización adm.    3:293.507
029321 Sueldo Anual Comp. Cont.           22:928.484
036331 Retrib. a Jornal y Destajo          4:062.456
036332 Incr. por mayor horario permanente  1:340.604
036336 Aumento abril 85 jorn. y destajo    1:312.884
039311 Sueldo anual  comp. jorn. y destajo   635.721
061304 Funciones distintas al cargo contr. 6:434.760
061318 Retrib. de func. cargos permanentes    82.068
061321 Trabajo en horas extras contratados 5:471.796
061328 Retrib. de funcionarios cargos contr.  66.744
062311 Gastos de representación            1:734.600
062318 Prima por antiguedad 
       presupuestados                      1:188.144
062328 Prima por antiguedad contratados   38:638.715
062338 Prima por antiguedad jornaleros       851.025
077    Quebranto de Caja                     478.192
08021  Adelanto a cuenta cargos ctdos.     1:022.400
08031  Adelanto a cuenta cargos jorn. 
       y destajo                              72.000
1      Cargas legales sobre Serv. personales                  82:559.478
1.8 1.1.1. Aporte Patronal Jubilatorio    75:054.072
1.2.3  Aporte Patronal al F.N.V.           3:752.703
1.3.1  Impuesto a la Retribuciones
       y Prestaciones                      3:752.703
2      Materiales y Suministros                               47:031.000
3      Servicios no Personales                                92:675.000
7      Subsidios y Otras Transf.                             102:625.138
7.2    Subsidios y  Otras Trans. a
       Productores Privados                4:000.000
7.3    Subsidios a Gob. Departamentales    7:875.000
7.4    Trans. a Instituciones sin fines
       de lucro                            1:575.000
7.5.1  Prima por matrimonio                  624.672
7.5.2  Prima por Hogar Constituido        13:850.976
7.5.3  Prima por Nacimiento                  624.672
7.5.4  Prestaciones por Hijos                  6:979
7.5.8  Prestaciones por alimentación      45:795.360
7.7.4  Contribución por Asistencia Médica 20:500.000
7.7.9  Otros 5                                90.450
7.9.1  Impuestos Nacionales                  140.000
7.9.2  Impuestos Municipales                  70.000
8      Serv. de Deuda y Anticipo                              38:974.400
9      Asignaciones Globales                                   4:191.000

   Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas 
Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y Otras Transferencias" incluyen el aumento salarial sugerido por el Poder Ejecutivo a partir del mes de noviembre de 1987. Incluyen asimismo mano 
de obra de inversión.
   Se ha tenido en cuenta el Tercer tramo de ajuste en la tabla comparativa de grados por escalafón, de manera de ir racionalizando paulatinamente la retribución por grado. Es decisión del Directorio del Instituto Nacional de Colonización llegar a concretar la pirámide de grados cuya retribución por grado. Es decisión del Directorio del Instituto Nacional de Colonización llegar a concretar la pirámide de grados cuya retribución alcance en tramos sucesivos, los correspondientes valores porcentuales de acuerdo a los siguientes niveles:

                  Nivel                           Base
                    1                             650
                    2                             550
                    3                             450
                    4                             365
                    5                             305
                    6                             255
                    7                             210
                    8                             180
                    9                             160
                   10                             145
                   11                             130
                   12                             120
                   13                             110
                   14                             100

   Los sueldos de los señores Miembros del Directorio se determinaron en concordancia a lo comunicado por Nota de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto con vigencia al 1.1.88.
   La remuneración establecida para el señor Gerente General queda 
regulada en el 95% de la retribución de los señores miembros del Directorio, excepto la del señor Presidente.
   Los créditos para atender el pago de las retribuciones de los señores Miembros del Directorio y Gerente General, están computados en el 
Derivado 011.311.1, los correspondientes al Secretario de Directorio y funcionarios redistribuidos presupuestados, se prevén en los Derivados 011.311.2 y 011.312. todos los demás cargos se computan en los Derivados 021.321 y 021.322, de la partida de contratados. La aplicación de las presentes normas no significan en ningún caso, disminución en la remuneración actual de los funcionarios del Instituto Nacional de Colonización.

III- Presupuesto de Inversiones                    N$ 1.498:021.000

 Rubro     Denominación                                    N$

  2   Materiales y Suministros                      23:209.000
  3   Servicios No Personales                      422:854.000
  4   Máquinas, Equipos y Mobiliario Nuevos        676:560.000
  5   Tierras,Edif. y otros activos preexistentes  342:160.000
  6   Construc.,mejoras y reparac. extraordinarias  19:857.000
  9   Asignaciones Globales                         13:381.000

   La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan y que
forman parte integrante de este decreto.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 798/988 de 
23/11/1988.

SANGUINETTI - ALBERTO J. BRAUSE - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
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