APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE COLONIZACION. EJERCICIO 1989




Promulgación: 23/11/1988
Publicación: 07/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

   Quebranto de Caja. El Ente podrá disponer de hasta 260 U.R. anuales 
por este concepto y reglamentará su aplicación afectándolo a aquellos funcionarios que manejen dinero o valores asimilados por su naturaleza y convertibilidad a efectivo en forma directa y permanente y proporcional 
al tiempo en que ejerzan las funciones. Las U.R. fueron cotizadas al 
valor en una U.R.. N$ 1.839,20. Su valor se ajustará automáticamente al momento de la ejecución.
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