CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 5 TRANSPORTE TERRESTRE DE PERSONAS




Promulgación: 04/12/1986
Publicación: 08/04/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Disposiciones Generales

Artículo 11

   Establécese que la partida extraordinaria a abonarse conjuntamente con la segunda cuota del sueldo anual complementario así como todo incremento a la misma establecido en el presente decreto, se encuentra incluida en lo dispuesto por el artículo 17 del decreto 290/982 no generando en consecuencia aportes a los sistemas de seguridad social.
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