MODERNIZACION Y DIGITALIZACION DE LA DIRECCION GENERAL DEL REGISTRO DE ESTADO CIVIL




Promulgación: 18/01/2012
Publicación: 02/02/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 51
Reglamentario/a de: Ley Nº 16.170 de 28/12/1990 artículo 368.

Artículo 2

 Los Oficiales del Registro de Estado Civil harán uso de la firma
electrónica avanzada, según lo establecido por la Ley 18.600 de 21 de
setiembre de 2009, para la autorización de los asientos, correspondientes
a los actos y hechos de estado civil, realizados a través del sistema
informático.
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