Durante los meses de enero y julio de cada año, las Unidades Ejecutoras
liquidarán los "Quebrantos de Caja" elevándolos a las Contadurías
Centrales, o a quien haga sus veces, las que dentro de los quince días
subsiguientes, lo remitirán a la Contaduría General de la Nación para la
aprobación y apertura de los créditos respectivos.