REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 19 A 21 DE LA LEY 19.158, RELATIVOS A LA INTEGRACION DE LOS RRHH DE INUMET




Promulgación: 26/02/2015
Publicación: 10/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.158 de 25/10/2013 artículos 19, 20 y 21.

Artículo 3

   Los funcionarios pertenecientes al Escalafón K "Personal Militar", que se encontraban prestando funciones en la Dirección Nacional de Meteorología al 25 de noviembre de 2013, y que hubieran optado por desempeñarlas en el INUMET, pasan al mismo en régimen de comisión, manteniendo el estado militar y el estatuto correspondiente.
   La nómina de funcionarios comprendido en el presente artículo, se detalla en el Anexo IV (*) el cual es parte integrante del presente Decreto.
   Los cargos ocupados por estos funcionarios y los créditos presupuestales asociados a los mismos, serán transferidos dentro del Inciso 03 "Ministerio de Defensa Nacional", a la Unidad Ejecutora 001 "Dirección General de Secretaría de Estado".
   Al vacar, dichos cargos serán transformados en cargos pertenecientes a escalafones civiles y reasignados de pleno derecho al INUMET conjuntamente con los créditos asociados a los mismos.

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Ver en esta norma, artículo: 4.
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