Reglamentario/a de: Ley Nº 18.046 de 24/10/2006 artículo 136.
Artículo 12
Dicho certificado, expedido a solicitud del interesado, deberá contener,
entre otras, la siguiente información:
a) nombre de la empresa
b) descripción del bien
c) cumplimiento del carácter nacional del bien
d) porcentaje de integración nacional
e) Nº de contratación
f) Organismo contratante
Las Cámaras dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles después de
efectuada la solicitud, para expedir o denegar el certificado, según
corresponda.
El costo del certificado será de cargo del solicitante del mismo.