Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 18
Transferencias a unidades familiares por personal en actividad.
Los funcionarios de la Administración de Ferrocarriles del Estado tendrán derecho a percibir Asignación Familiar, Hogar Constituido, Prima por Matrimonio y Prima por Nacimiento establecidos por las Leyes vigentes, cuyos valores se ajustarán de acuerdo a los aumentos que se decreten para el salario mínimo nacional para la actividad privada.