Respecto a los funcionarios destituidos durante el régimen de facto, se
estará en principio a lo que la ley dispone en general sobre la
reconstrucción la Administración de las Obras Sanitarias del Estado podrá
hacerlo en oportunidad de las reestructuración general del Ente prevista
en los artículos precedentes partiendo del principio de que los años que
permanecieron fuera de la Administración hasta el día de su reintegro se
tendrán como efectivamente trabajados, aplicándose en lo pertinente las
normas generales que se estructuran en este Presupuesto. (*)