APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1989




Promulgación: 23/11/1988
Publicación: 22/09/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 56

   El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado,
podrá conceder otras compensaciones especiales a sus funcionarios con el
límite máximo del renglón 0.61.304. Este concepto se incrementará en
ocasión y en el mismo porcentaje en que lo hagan los salarios de la
actividad pública. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 57.
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