APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE PUERTOS. EJERCICIO 1989




Promulgación: 23/11/1988
Publicación: 08/08/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 14

   El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de servicios personales", 1
"Cargas legales sobre servicios personales" y 7 "Subsidios y otras
transferencias", con el fin de ajustar las retribuciones de su personal,
en períodos no menores de 3 meses ni mayores de 4.
   Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice general de
precios al consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística y
Censos y sus disponibilidades financieras.
   Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo, previo
asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes
se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento. 
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