El Directorio del Organismo podrá proponer al Poder ejecutivo
adecuaciones de los rubros 0 "Retribuciones de servicios personales", 1
"Cargas legales sobre servicios personales" y 7 "Subsidios y otras
transferencias", con el fin de ajustar las retribuciones de su personal,
en períodos no menores de 3 meses ni mayores de 4.
Para ello se tendrá en cuenta la variación del índice general de
precios al consumo confeccionado por la Dirección General de Estadística y
Censos y sus disponibilidades financieras.
Aprobada la adecuación de rubros por el Poder Ejecutivo, previo
asesoramiento de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, los antecedentes
se remitirán al Tribunal de Cuentas para su conocimiento.