APROBACION DE PRESUPUESTO OPERATIVO. DIRECCION NACIONAL DE CASINOS. EJERCICIO 1989




Promulgación: 25/11/1988
Publicación: 06/06/1989
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma
   Visto: el proyecto de Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos correspondiente al Ejercicio 1989.

   Considerando: I) Que el trámite de este presupuesto se rige por lo dispuesto por el artículo 3º de la ley 13.921 de fecha 30 de noviembre de 1970.

   II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.

   Atento: a lo expuesto precedentemente.

   El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase el Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección 
General de Casinos a regir a partir del 1º de enero de 1989 de acuerdo 
con los montos que se detallan a continuación:


                                                                 N$

I - PRESUPUESTO OPERATIVO ..............................     8.833.964.800

Rubro   Denominación                               N$            N$     
0       Retrib. Ss. Personales ...............               2.327:641.287 021321  Sueldos básicos Asim. al Esc. civil ..   533:188.324
021323  Dedicación total .....................    15:786.380
029321  Sueldo anual Compl. ..................   179:049.330
061301  Horas extras .........................    19:273.164
061321  Retrib. Adic. Pers. Contrat. .........   106:451.328
061322  Comp. por cambio de residencia habitual    9:919.584
061324  Comp. Func. distintas al cargo .......     5:586.739
062309  Comp. con cargo a otras Financ.        1.200:639.528
062328  Prima por antigüedad .................   102.466.189
065305  Comp. altos ejecutivos ...............       267.600
077     Quebranto de caja ....................    15:449.196
078     Comp. por tareas fuera de su horario
        habitual .............................     6:272.796
081021  Adelanto a cuenta ....................     2:499.996
083321  Aumento abril/85 .....................   105:091.081
091     Retrib. de ejercicios anteriores .....     2:700.000
1       Cargas legales sobre servicios personales              395:699.019
111     Aporte patronal a la Seg. Social .....   349:146.193
123     Aporte patronal al F.N.V. ............    23:276.413
131     Impuesto a las Retrib. y Prest.
        nominales ............................    23:276.413
2       Materiales y suministros .............                189:372.363
3       Servicios no personales ..............                260:131.620
4       Máquinas, equipos y Mob. nuevos ......                  3:821.550
7       Subsidios y otras transformaciones ...              5.646:583.962
734     A gobiernos departamentales .......... 2.208:090.881
735     A gobierno central ................... 3.312:136.321
751     Prima por matrimonio .................       760.000
752     Prima por hogar constituido ..........    72:664.000
753     Prima por nacimiento .................     1:882.760
754     Prestaciones por hijo ................    26:500.000
773     Becas ................................     6:100.000
774     Contrib. por Asist. médica ...........    18:000.000
792     Tributos municipales y nacionales ....       450.000
9       Asignaciones globales ................                 10:715.000

II - PRESUPUESTO DE INVERSIONES

Rubro   Denominación                                   N$

2      Materiales y suministros ...........        99:350.000
4      Máquinas, equipos y Mob. nuevos ....       735:182.200
6      Construc. mejoras y Rep.
       extraordinarias ....................       747:500.000

       TOTAL                                    1.582:032.200

  La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan que forman
parte integrante de este decreto.

  Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras transferencias" están expresados a precios de noviembre/87.

  Las asignaciones de los rubros de gastos correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 282 (nuevos pesos doscientos ochenta y dos) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución.

  Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio del cuatrimestre noviembre/87 - febrero/88.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 814/988 de 
25/11/1988.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA
Ayuda