Visto: el proyecto de Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General de Casinos correspondiente al Ejercicio 1989.
Considerando: I) Que el trámite de este presupuesto se rige por lo dispuesto por el artículo 3º de la ley 13.921 de fecha 30 de noviembre de 1970.
II) Que la Oficina de Planeamiento y Presupuesto ha emitido su informe.
Atento: a lo expuesto precedentemente.
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Apruébase el Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección
General de Casinos a regir a partir del 1º de enero de 1989 de acuerdo
con los montos que se detallan a continuación:
N$
I - PRESUPUESTO OPERATIVO .............................. 8.833.964.800
Rubro Denominación N$ N$
0 Retrib. Ss. Personales ............... 2.327:641.287 021321 Sueldos básicos Asim. al Esc. civil .. 533:188.324
021323 Dedicación total ..................... 15:786.380
029321 Sueldo anual Compl. .................. 179:049.330
061301 Horas extras ......................... 19:273.164
061321 Retrib. Adic. Pers. Contrat. ......... 106:451.328
061322 Comp. por cambio de residencia habitual 9:919.584
061324 Comp. Func. distintas al cargo ....... 5:586.739
062309 Comp. con cargo a otras Financ. 1.200:639.528
062328 Prima por antigüedad ................. 102.466.189
065305 Comp. altos ejecutivos ............... 267.600
077 Quebranto de caja .................... 15:449.196
078 Comp. por tareas fuera de su horario
habitual ............................. 6:272.796
081021 Adelanto a cuenta .................... 2:499.996
083321 Aumento abril/85 ..................... 105:091.081
091 Retrib. de ejercicios anteriores ..... 2:700.000
1 Cargas legales sobre servicios personales 395:699.019
111 Aporte patronal a la Seg. Social ..... 349:146.193
123 Aporte patronal al F.N.V. ............ 23:276.413
131 Impuesto a las Retrib. y Prest.
nominales ............................ 23:276.413
2 Materiales y suministros ............. 189:372.363
3 Servicios no personales .............. 260:131.620
4 Máquinas, equipos y Mob. nuevos ...... 3:821.550
7 Subsidios y otras transformaciones ... 5.646:583.962
734 A gobiernos departamentales .......... 2.208:090.881
735 A gobierno central ................... 3.312:136.321
751 Prima por matrimonio ................. 760.000
752 Prima por hogar constituido .......... 72:664.000
753 Prima por nacimiento ................. 1:882.760
754 Prestaciones por hijo ................ 26:500.000
773 Becas ................................ 6:100.000
774 Contrib. por Asist. médica ........... 18:000.000
792 Tributos municipales y nacionales .... 450.000
9 Asignaciones globales ................ 10:715.000
II - PRESUPUESTO DE INVERSIONES
Rubro Denominación N$
2 Materiales y suministros ........... 99:350.000
4 Máquinas, equipos y Mob. nuevos .... 735:182.200
6 Construc. mejoras y Rep.
extraordinarias .................... 747:500.000
TOTAL 1.582:032.200
La apertura por proyecto, fuente de financiamiento y las partidas en moneda extranjera se detallan en los cuadros que se adjuntan que forman
parte integrante de este decreto.
Los rubros 0 "Retribuciones de Servicios Personales", 1 "Cargas Legales sobre Servicios Personales" y 7 "Subsidios y otras transferencias" están expresados a precios de noviembre/87.
Las asignaciones de los rubros de gastos correspondientes al componente en moneda extranjera están estimadas a la cotización de N$ 282 (nuevos pesos doscientos ochenta y dos) por dólar americano y se ajustarán automáticamente al tipo de cambio vendedor al momento de la ejecución.
Las partidas en moneda nacional correspondientes a los restantes rubros presupuestales están expresadas a precios promedio del cuatrimestre noviembre/87 - febrero/88.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 814/988 de
25/11/1988.