AMPLIACION DEL MONTO A DISTRIBUIR POR LA COMISION HONORARIA ADMINISTRADORA DEL FONDO FOMENTO PRENSA DEL INTERIOR POR EL AÑO 1975




Promulgación: 22/12/1976
Publicación: 31/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1491

Artículo 2

La Comisión Honoraria deberá verter en Rentas Generales el excedente de
los fondos depositados hasta el 31 de diciembre de 1975, en la cuenta
especial Fondo Fomento Prensa del Interior.
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