Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 12
Durante el período comprendido desde la entrada en vigencia del presente
acuerdo y el 31 de enero de 1986, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de ventas de mercaderías, bienes o servicios
de las Empresas que integran el Grupo Salarial.