MANTENIMIENTO DE SUS RESPECTIVOS EMPLAZAMIENTOS ACTUALES DE LAS CIUDADES DE BELEN Y CONSTITUCION




Promulgación: 24/12/1976
Publicación: 31/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1565
Referencias a toda la norma

Artículo 3

La delegación uruguaya de la Comisión Técnica Mixta de Salto Grande
realizará todas las gestiones de desalojos de los ocupantes de los predios
inundables designados para las expropiaciones, estándose para el
lanzamiento a lo que se decida oportunamente.

 Le competerá igualmente la iniciación de los juicios de expropiación de
los bienes inmuebles que deban ocupar los propietarios o tenedores de las
viviendas inundables. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
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