Visto: la necesidad de aprobar el Plan de Inversiones Públicas para el
Ejercicio 1984 de acuerdo con las directivas impartidas por el Gobierno.
Resultando: que los artículos 1º y 2º de la ley 15.521 de fecha 5 de
enero de 1984 fijaron el monto global máximo de inversiones de los
organismos del sector público para 1984 a financiar con Rentas Generales,
Fondos de Inversiones del Ministerio de Transporte y Obras Públicas
(FIMTOP) y endeudamiento cuyo servicio de deuda sea atendido con
cualesquiera de los recursos previamente mencionados.
Considerando: I) La conveniencia de que se articule un plan nacional
racional y coherente con la política económico-financiera del Gobierno;
II) Que de acuerdo con las prioridades de inversión, el Poder Ejecutivo
determinó a nivel de cada Inciso del Presupuesto Nacional, el monto a
ejecutar.
Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
CAPITULO I - DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1
A los efectos del Plan de Inversiones del sector público se considera
como inversión el gasto destinado a la formación de activos físicos a
incorporar al patrimonio de las entidades del sector público incluyendo el
aumento de las existencias de bienes. Esta definición comprende los gastos
de estudio de los proyectos.
ALVAREZ - JULIO CESAR RAPELA - CARLOS A. MAESO - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS -
JUSTO M. ALONSO - JUAN BAUTISTA SCHROEDER - FRANCISCO D. TOURREILLES -
JUAN A. CHIARINO ROSSI - NESTOR J. BOLENTINI - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS
MATTOS MOGLIA - ENRIQUE V. FRIGERIO