CAPITULO III - DISPOSICIONES PARA EL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS 1984
Artículo 23
Apruébase el plan de inversiones públicas 1984-1986, para los
organismos comprendidos en el Presupuesto Nacional, Instituciones
Financieras del Estado, Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y
Portland, Instituto Nacional de Colonización, Intendencia Municipal de
Montevideo, Dirección General de la Seguridad Social y Dirección General
de Casinos, a nivel de proyectos, con la apertura programática que se
detalla en los Anexos I a V que forman parte integrante de este decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 84/984 de
01/03/1984.