Los organismos públicos presentarán información trimestral sobre la
ejecución física y financiera de la inversión dentro de los treinta días
de vencido cada trimestre, en la forma que determine la Secretaria de
Planeamiento, Coordinación y Difusión.
Los incisos 1 al 26 presentarán dicha información ante la Contaduría
General de la Nación mientras que los restantes lo harán directamente ante
la Secretaria de Planeamiento, Coordinación y Difusión.