El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.
CAPÍTULO II - ESTRUCTURA ORGÁNICA
Artículo 4
La Dirección de Investigaciones de la Policía Nacional (en adelante D.I.P.N.) ejercerá la administración y gerenciamiento de los recursos humanos, materiales y financieros, así como la dirección, supervisión y coordinación de las investigaciones policiales realizadas por los siguientes organismos:
a) Dirección General de Lucha contra el Crimen Organizado e
INTERPOL
b) Dirección General de Represión al Tráfico Ilícito de Drogas
c) Dirección General de Información e Inteligencia
Se entenderán comprendidas en la presente disposición todas aquellas Unidades cuyo pasaje a la órbita de la D.I.P.N., se disponga por Ley, Decreto o Resolución Ministerial.