IMPUESTO ESPECIFICO INTERNO




Promulgación: 30/12/1985
Publicación: 06/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1434
    Visto: lo dispuesto por el artículo 2 del Título 7 del Texto Ordenado
1982, artículos 13 y 20 del decreto 667/979 de 19 de noviembre de 1979 y
artículo 1 del decreto 492/980 de 17 de setiembre de 1980.

   Considerando: que corresponde fijar precios fictos para el primer
semestre de 1986 para bebidas gravadas, tabacos, cigarrillos importados y
vehículos de dos ruedas, a efectos de la liquidación del Impuesto
Específico Interno (IMESI).

   Atento: a lo expuesto.

                       El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

    Fíjanse los siguientes precios fictos, tasas e impuesto por litro para
la liquidación del Impuesto Específico Interno que grava las bebidas de
origen nacional y extranjero para el semestre Enero-Junio de 1986: (*)

(*)Notas:
Ver: Texto/imagen.
Referencias al artículo

SANGUINETTI - RICARDO ZERBINO CAVAJANI
Ayuda