APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1990




Promulgación: 26/02/1992
Publicación: 28/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 10

   El Directorio de la Administración de las Obras Sanitarias del Estado podrá proponer al Poder Ejecutivo, de acuerdo a las normas vigentes, con la justificación debida la presupuestación de personal contratado con un año de antigüedad al 31 de diciembre de 1983, en el último grado de los escalafones respectivos y en los cargos vacantes de los mismos. A tales efectos se determinará el mejor derecho, teniendo en cuenta, además, que podrán ingresar en idénticas condiciones, en los escalafones en que desempeñan sus funciones. En las futuras promociones, se tendrá en cuenta, para dicho personal los años generados en la Administración con anterioridad a su presupuestación, aún los cumplidos en un escalafón distinto al que pasen a ocupar. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 13.
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