APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE OSE. EJERCICIO 1990




Promulgación: 26/02/1992
Publicación: 28/07/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

Artículo 20

    Tendrán derecho a la prima por Hogar Constituido:

  a) Los funcionarios casados y los viudos;

  b) Los de cualquier estado civil con familiares a su cargo hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.

   Este beneficio también alcanzará al funcionario sujeto a la obligación de servir pensión alimenticia por sentencia o convenio homologado judicialmente, la cual deberá acreditarse con el testimonio judicial correspondiente y la declaración jurada del efectivo cumplimiento de la obligación. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 27.
Ayuda