El beneficiario de la Asignación Familiar es el hijo o menor a cargo del funcionario hasta la edad de 16 años, haciéndose extensivo hasta los 18 años en los siguientes casos:
a) Cuando continúa cursando estudios a nivel superior a la Enseñanza Primaria en institutos públicos o privados debidamente autorizados por la autoridad competente
La calidad de estudiante será acreditada por el certificado expedido por el respectivo instituto docente;
b) Cuando curse estudios primarios y pruebe que no pudo complementarlos a la edad de 16 años, por impedimentos justificados;
c) Cuando se trate de beneficiarios lisiados o incapacitados, sea física o mentalmente, para el estudio;
d) Cuando se trate de hijos o menores a cargo de funcionarios fallecidos absolutamente incapacitados o que sufren prevacione de libertad.
Los tributarios deberán justificar en cada caso la circunstancia determinante de tal extensión.