Los controles sanitarios de las semillas que trata esta
reglamentación, serán realizados por la Dirección de Sanidad Vegetal.
Los métodos, términos analíticos y tolerancias a usar serán fijados por
resolución del Ministerio de Agricultura y Pesca, a propuesta de la Unidad
Ejecutora, en acuerdo con la Dirección de Sanidad Vegetal y el Centro de
Investigaciones Agrícolas "Alberto Boerger".