REGLAMENTACION DE LA PRODUCCION CERTIFICACION COMERCIALIZACION EXPORTACION E IMPORTACION DE SEMILLAS




Promulgación: 30/12/1985
Publicación: 18/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1454
Referencias a toda la norma

Artículo 2

    A los efectos del presente decreto se entiende como material de
propagación vegetativa todas aquellas partes de las plantas que no
provienen de la evolución de los órganos florales y que reproducen
asexuadamente las características propias de la planta que le dio origen.
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