Reglamentario/a de: Ley Nº 17.296 de 21/02/2001 artículos 157y 158
, Ley Nº 17.243 de 29/06/2000 artículos 13
, 14
y 15
.
CAPITULO II
Concluido el período de prueba, se conferirá vista a las partes en un plazo común de quince días.- La Dirección General de Comercio dictará resolución en un plazo máximo de sesenta días.-Ayuda