APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. ENERO 1996




Promulgación: 13/03/1996
Publicación: 28/03/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 619
Referencias a toda la norma

Artículo 32

   RETRIBUCION A CUENTA DE LA ASIGNACION DE CARGOS DE LA NUEVA ESTRUCTURA.
La retribución especial por reestructura que se otorgara por el artículo
80 del Decreto Nº 457/993 de 25 de octubre de 1993, será absorbida total o
parcialmente cuando se efectivice dicha asignación.
   A dicha retribución se le aplicará el mismo porcentaje de variación
salarial del grado EPU que perciba el funcionario. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 73 y 81.
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