MODIFICACION SOBRE REQUISITOS PARA REACTIVOS DE DIAGNOSTICO, DISPOSITIVOS TERAPEUTICOS Y EQUIPOS MEDICOS




Promulgación: 26/02/2010
Publicación: 11/03/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 487

Artículo 4

 El Ministerio de Salud Pública se abocará a la regularización del
registro de los equipos médicos que se encuentren instalados en el País, a
la fecha de publicación del presente Decreto en el Diario Oficial,
asegurándose que los mismos se encuentren cumpliendo con las
especificaciones originales y cuenten con soporte técnico de mantenimiento
apropiado.
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