El Instituto Nacional del Menor, sucederá al Consejo del Niño y al
Ministerio de Educación y Cultura (cuando éste actúe en representación del
Estado, por asuntos relacionados con el Consejo del Niño) en los juicios
de cualquier naturaleza en que los mencionados órganos sean actores o
demandados. El Ministerio de Educación y Cultura remitirá al Instituto
Nacional del Menor todos los antecedentes de los referidos juicios que
estuvieran siendo tramitados desde dicho Ministerio.